México Distrito Federal . México - Jueves 4 de diciembre - 2:25 pm - Luis A. Alonso
Elementos de los distintos cuerpos de seguridad capitalina quedan indefensos en el plano laboral a los 60 años. Su única salvación, el “dedazo†de Jesús RodrÃguez Almeida.
Jorge Gaviño, diputado local por Nueva Alianza (PANAL), solicitó a los miembros del Poder Legislativo local modificar la Ley Orgánica de la SecretarÃa de Seguridad Pública (SSP) a fin de dar certeza jurÃdica y laboral para los policÃas capitalinos.
A finales de la administración de Andrés Manuel López Obrador en el Gobierno del Distrito Federal (GDF) –cargo que entonces ocupaba Alejandro Encinas-, el 07 de junio del 2006, el reglamento de la PolicÃa fue modificado con ambigüedades evidentes que dejan indefensos a los policÃas apenas a los 60 años, cuando la Ley Federal del Trabajo establece la edad de 68 años como la etapa terminal de la vida laboral de cualquier ciudadano mexicano.
“El elemento de la policÃa que cumpla con sesenta años de edad o treinta años de servicio no podrá permanecer en servicio activo, por lo que deberá solicitar su retiro, salvo cuando por acuerdo del Secretario (de Seguridad Pública) se motiven las razones por las que el elemento puede continuar en el servicio por un perÃodo máximo de cinco años adicionales, durante los cuales podrá desempeñar solamente funciones no operativas o administrativasâ€, se lee en el ArtÃculo 51 Bis de la normativa actual.
El aliancista ahondó en que, además de que con tal regulación se coarta la libertad de trabajo de los elementos de las fuerzas del orden como la Preventiva, Auxiliar, Bancaria e Industrial, se le otorgan facultades únicas al titular de la SSP, Jesús RodrÃguez Almeida.
Actualmente, la situación ha generado gran desconfianza y temor entre los policÃas del Distrito Federal, ya que, aunado a esto, se homologan los términos de funciones “no operativas†con el de “administrativasâ€.
“Éste es uno de los sectores más desprotegidos de los trabajadores del GDF, por lo que hay que evitar que se violen los derechos humanos y laborales. Dicho ordenamiento es ambiguo, lo que los deja (a los policÃas) en la incertidumbre laboral sobre cuáles serán sus funciones dentro de la corporación, durante dicha prórrogaâ€, precisó Gaviño Ambriz.
Por esta razón, expuesta ante el Pleno del recinto legislativo en la Sesión ordinaria, asentó que la modificación al ArtÃculo 51 Bis de la Ley Orgánica de la SSP, podrÃa dar certeza a los trabajadores de las fuerzas del orden si queda de la siguiente manera:
“El elemento de la policÃa que cumpla con sesenta años de edad o treinta años de servicio no podrá permanecer en servicio activo, por lo que deberá solicitar su retiro, salvo cuando por acuerdo del Secretario se motiven las razones por las que el elemento puede continuar en el servicio por un perÃodo máximo de cinco años adicionales, durante los cuales solo podrá desempeñar funciones administrativas.â€
@ikaro_46
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